26 noviembre 2009

AGUAS ANCESTRALES SON DE LA COMUNIDAD INDIGENA AYMARA CHUSMIZA USMAGAMA

Fallo de la Corte Suprema dió la razón a Comunidad de Chuzmiza Usmagama.

Sin duda la alegria embarga hoy a la Comunidad Indígena Aymara de Chusmiza Usmagama la cual despues de 14 años de lucha puede hoy decir jallalla jallalla, se ha echo justicia, la Corte Suprema reconoció el derecho ancestral de este pueblo a sus aguas.

Como Consejo Nacional nos hacemos parte de esta alegría y con mayor convicción ratificamos que el Art. 64 de la Ley indígena no puede ser pasado a llevar por la última versión presentada como Reconocimiento Consitutucional. El reconocimiento ancestral del agua no se compara con el derecho de aprovechamiento de aguas por lo tanto es nuestra responsabilidad hacer valer este derecho como organización política del pueblo aymara. Sumado a eso, el buen uso del Convenio 169 de la OIT, son herramientas potentes para los pueblos indígenas en defensa de nuestros derechos tanto a nuestro territorio como a las aguas que en el se encuentran.

El ejemplo de lucha dado por esta comunidad es una muestra de lo que todos debemos hacer ante la defensa de nuestros derechos. Tenemos hoy más herramientas que ayer sólo debemos aprender a hacer uso de ellas.

Compartimos en esta nota los considerandos que dieron pie al veredicto en favor de la comunidad.

CUARTO: Que en lo relativo a la contravención constitucional invocada, conviene precisar que el texto fundamental, luego de garantizar a todas las personas, en el inciso primero del artículo 19, N° 24°, el derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales o incorporales, añade en su inciso final que ?los derechos de los particulares sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a la ley, otorgarán a sus titulares la propiedad sobre ellos?.

De las expresiones ?reconocidos o constituidos? empleadas por la norma en comento, surge con nitidez que no sólo están garantizados a nivel constitucional los derechos de aprovechamiento de aguas constituidos originariamente por acto de autoridad, en los términos del artículo 20 del Código de Aguas, sino también aquellos que han sido reconocidos en conformidad a la ley, a partir de distintas y especiales situaciones de hecho, entre las cuales emergen los usos consuetudinarios de aguas reconocidos a favor de las comunidades indígenas en el artículo 64 de la Ley N ° 19.253, de mil novecientos noventa y tres, sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas. Sobre este tópico es útil dejar en claro que la eventual ausencia de inscripción de los derechos de aguas consuetudinarios no acarrea su inexistencia, sino sólo la falta de su formalización registral y así, precisamente porque el derecho existe, se le reconoce por la ley y sólo para efectos de tener certeza sobre su entidad, ubicación de los puntos de captación de las aguas y precisión del uso del recurso hídrico, se ha creado un sistema de regularización que permite su ulterior inscripción.

QUINTO: (…)

En este contexto, se hace necesario precisar que no se están concediendo administrativamente nuevos derechos sino que simplemente se regulariza un uso inmemorial del recurso hídrico reconocido por el legislador en el artículo 64 de la Ley N ° 19.253 como un derecho de ciertas comunidades indígenas y que se ha reflejado, en la especie, en actos positivos de señor y dueño que, sin duda, descartan reconocer dominio ajeno, como lo son la construcción del socavón del cual emanan las aguas, de los estanques de acopio, del canal conductor, de las terrazas de cultivo, además del mismo asentamiento humano reflejado en las modestas casas que conforman los poblados de Chusmiza y Usmagama, aspectos fácticos sobradamente demostrados en la causa y consignados expresamente en el motivo décimo del edicto en revisión.

SEPTIMO: Que esta Corte tampoco vislumbra quebrantamiento alguno al artículo 64 de la Ley Indígena , porque la interpretación que los jueces del fondo han realizado de la expresión ?terrenos de la comunidad?, referida a aquellas tierras que, pese a ser de dominio ajeno, hayan sido utilizadas ancestralmente por los pueblos indígenas, es la única que posibilita el cumplimiento del deber de la sociedad en general y del Estado en particular, de respetar, proteger y promover el desarrollo de los indígenas, sus culturas, familias y comunidades, adoptando las medidas adecuadas para tales fines y proteger las tierras indígenas, velar por su adecuada explotación, por su equilibrio ecológico y propender a su ampliación (artículo 1°, inciso tercero, de la Ley N ° 19.253).
Así, no ofrece duda que el reconocimiento de derechos que el artículo 64 hace a favor de las comunidades Aimaras y Atacameñas, no se refiere sólo a las aguas ubicadas en inmuebles inscritos de propiedad de la comunidad, sino también a las aguas que, no obstante estar situadas en predios inscritos a favor de terceros, abastezcan a la colectividad indígena, pues lo que esta norma busca proteger es, esencialmente, el abastecimiento de agua para dichas comunidades indígenas, lo que sólo se logra con la aplicación de la regla en estudio, en la forma en que ha sido entendida por los jueces del grado, lo que esta Corte comparte.
Con esta interpretación que garantiza el suministro de agua para las comunidades autóctonas en comento, se logra cumplir con los objetivos ex presados en el Mensaje Presidencial que dio impulso a la actual Ley Indígena, referido a que: ?Con respecto a la defensa y protección de los recursos con que cuentan las comunidades, el presente proyecto propone en su Título Segundo una legislación seria y responsable, que permita que se desarrolle la vida de esos pueblos. En el curso de nuestro mandato presidencial esperamos regularizar la propiedad de las tierras y aguas, asegurando, de este modo, a las comunidades posibilidades ciertas de desarrollo?. ?La situación de las comunidades del Norte Grande del país se ve afectada por la disputa de los recursos hídricos. Creemos de gran importancia que esta ley, junto a las modificaciones que hemos presentado al H. Congreso, del Código de Aguas, regule estos recursos de manera que sea posible la perduración de la vida humana en los pueblos y villas del norte del país. Creemos que sería un grave error que la población del norte del país se concentrara solamente en tres ciudades costeras importantes, abandonando el interior como consecuencia de una planificación defectuosa de los recursos de agua que son fundamentales para el desarrollo de la vida humana? (páginas 504 y 506 del Boletín N° 514-01 de la Cámara de Diputados).
Ello resulta coherente con el artículo 65 de la Ley en comento, que expresa: ? La Corporación , sin perjuicio de lo establecido en las normas del Fondo de Tierras y Aguas Indígenas, incentivará programas especiales para la recuperación y repoblamiento de pueblos y sectores actualmente abandonados en las etnias aimaras y atacameñas?. Por consiguiente, es indudable que el eje central de la protección dada a las aguas indígenas reside en la idea del repoblamiento de las comunidades andinas, para lo cual parece esencial que puedan disponer de los recursos hídricos necesarios para su subsistencia y desarrollo.
Por otra parte, también resulta orientador, al determinar la correcta aplicación del mentado artículo 64, considerar el Convenio N° 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, adoptado por la Organización Internacional del Trabajo el veintisiete de junio de mil novecientos ochenta y nueve y que fue publicado en el Diario Oficial el catorce de octubre de dos mil ocho, cuyo artículo 15, N° 1°, preceptúa que: lquote Los derechos de los pueblos interesados a los recursos naturales existentes en sus tierras deberán protegerse especialmente?, disposición que debe relacionarse con el artículo 13, N° 2°, del mismo Convenio, cuando señala: ?La utilización del término `tierras? en los artículos 15 y 16 deberá incluir el concepto de territorios, lo que cubre la totalidad del hábitat de las regiones que los pueblos interesados ocupan o utilizan de alguna otra manera?.
En virtud de lo razonado precedentemente, no obstante ser un hecho no controvertido por los litigantes que la fuente de agua que abastece a la comunidad solicitante, denominada Socavón o Vertiente Chusmiza, se ubica en un predio inscrito a nombre de la empresa opositora Agua Mineral Chusmiza, lo que por lo demás consta en la respectiva inscripción de dominio que obra a fojas 68, tal circunstancia no impide aplicar la protección especial contenida en el artículo 64 de la Ley Indígena , que consagra una presunción de dominio y uso de las aguas de las Comunidades Indígenas Aimaras y Atacameñas, ya que no resulta acorde con el espíritu de la ley ni con el instrumento internacional aludido, restringir la presunción sólo a las aguas que escurren en terrenos de propiedad de la comunidad, sino que, tal como lo hicieron los jueces del grado, los términos ?terrenos de la comunidad? deben interpretarse en consideración al objetivo final buscado por la norma, cual es garantizar el abastecimiento de las aguas y que es precisamente lo que pretende la comunidad peticionaria, lo que por cierto es coherente con entender que la protección alcanza a todas las aguas que se emplazan en los territorios que, desde tiempos precolombinos, han sido ocupados o utilizados de alguna manera por las comunidades beneficiadas.

Gracias a todos quienes apoyaron y solidarizaron esta silenciosa y larga causa. Que sea en buenahora y jallalla jallalla pueblo aymara.

17 noviembre 2009

BECAS DE FINANCIAMIENTO PARA ESTUDIOS ULTIMOS DIAS/ OTROS DATOS.

Mediante este medio, compartimos información importante resumida y damos fuentes directas de donde postular a becas y créditos para estudios especialmente de enseñanza superior. Sin duda el abanico de oportunidades es amplio y cada cual optará a la que más acomode tanto a su rendimiento como a su situación social.
Postulación: 29 de octubre al 20 de noviembre de 2009. (ultimos días)
* Beca Puntaje PSU
* Beca Excelencia Académica
* Beca Bicentenario
* Beca para hijos de Profesionales de la Educación
* Beca Juan Gómez Millas
* Beca Juan Gómez Millas para Estudiantes Extranjeros
* Beca para Estudiantes Destacados que Ingresen a Pedagogía
Beca Nuevo Milenio:Postulación del 15 de marzo al 5 de abril de 2010
Características: Esta beca es destinada a estudiantes egresado de enseñanza media (no importa el año de egreso) y que se matriculen en primer año en una carrera conducente al título de Técnico de Nivel Superior en las Instituciones de Educación Superior Elegibles determinadas por el Ministerio de Educación o en Carreras Profesionales Acreditadas al 31 de Diciembre de 2009 en conformidad a la ley N° 20.129 e impartidas por Institutos Profesionales.
Beneficios:La beca financia la totalidad o parte del arancel anual de la carrera por un monto máximo de $500.000.
Beca Indígena:La beca consiste en un aporte monetario de libre disposición que se entrega a los estudiantes de ascendencia indígena que hayan sido beneficiados por el programa.
Educación Básica: $ 89.350, Educación Media: $184.180 y Educación Superior: $ 579.760
Pueden postular los estudiantes que se encuentren cursando 5º año de educación básica, media ó superior, que tengan ascendencia indígena.
Dentro de los requisitos está tener como mínimo nota promedio 5.0 en Educ. Básica y Media y de 4.5 en enseñanza Superior.
Postulaciones:
Básica y Media, las postulaciones deben realizarse en los Departamentos Sociales Municipalidades y/o Departamentos de Educación Municipal correspondiente al domicilio familiar del postulante. Cada Municipio comunicará los horarios de atención de su comuna. Educación Superior, deben realizarse en las Direcciones de Asuntos Estudiantiles de cada organismo de Educación Superior.
Desde el 1 de marzo hasta el 1de abril de 2010
(Atención Iquique tiene fecha anticipada por lo general conjuntamente con la Beca Presidente de la República, las otras comunas en forma normal).
Renovación: Desde el 16 de noviembre 2009 hasta el 8 enero de 2010
Más antecedentes en: http://www.junaeb.cl/becas/beca_indigena/beca_indigena.htm
Beca Presidente de la República: Es una beca de Mérito cuyo objetivo principal es apoyar económicamente a estudiantes de escasos recursos económicos y rendimiento académico sobresaliente para que realicen sus estudios de Educación Media y Superior
• 0,62 Unidades Tributarias Mensuales para el caso de los alumnos de educación media
• 1,24 Unidades Tributarias Mensuales para los alumnos de educación superior.
Pueden postular los estudiantes que egresan de 8º básico y quienes se encuentren cursando educación media.
Requisitos básico: Rendimiento Académico nota mínima 6.0
Postulaciones y renovaciones: desde el 16 de noviembre 2009 hasta el 8 enero de 2010
Beca Rettig: Está destinado a hijos de padres detenidos desaparecidos o fallecidos cuyo nombre este consignado en los Informes de la Comisión Verdad y Reconciliación o por la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación.
Beneficio:Cubre el 100% de arancel anual y matrícula, durante toda la carrera.
Requisitos: Limite de edad para postular al beneficio, 35 años; Cursar estudios que tengan a lo menos 2 años de duración y que estén reconocidos por el Mineduc; Presentar certificado (informe Rettig) que acredite la calidad de beneficiario de esta ley.
Beca Valech: Pensión de reparación y otros beneficios adicionales para las víctimas directamente afectadas por violaciones a los derechos humanos, ley 19.992.
Beneficio: Continuidad gratuita de los estudios de nivel superior para aquellas personas que, cumpliendo con lo estipulado en la ley, así lo soliciten, se beneficiarán con el pago total de la matricula y mensualidades; Existe un año adicional para la obtención del certificado o diploma correspondiente, ya sea por examen de grado o presentación de memoria.
Programa de Becas Collahuasi: Esta beca está destinada a beneficiarios indígenas aymaras. Son tres becas que cubren el pago de matrícula y arancel a la Institución de educación superior más pago para mantención y alojamiento del Becado aproximadamente $ 100.000 mensuales por 10 meses. Dos de ellas para egresados de 4to Medio de un colegio perteneciente a la comuna de Pica y otra para un egresado de 4to Medio de la Región de Tarapaca.
  • Las postulaciones se realizan por lo general en el mes de marzo y la empresa publica en diarios locales la apertura de postulación y requisitos. Pueden haber diferencias con nuestra información de los cuales no somos responsables puesto que es una empresa privada la cual dona las becas y ellos son quienes determinan sus bases.
Mas información de becas en: http://www.junaeb.cl/becas/, http://www.becasycreditos.cl/becas.html.

10 noviembre 2009

Leonardo Boff ante la Conferencia sobre el Clima de Copenhague: ‘La Tierra no aguanta más'

Tres crisis en una: la de sustentabilidad, la social y la del clima
• El drama de la eco-miopía
• El actual caos es creativo y generativo
• Sólo la sociedad civil internacional puede salvar el planeta

Entrevista con Leonardo Boff
Sergio Ferrari, desde la ONU/Ginebra Suiza

La crisis ambiental irrumpe en primer plano mediático de cara a la Conferencia del Clima de Copenhague, Dinamarca, a realizarse en 13 de diciembre próximo. Las perspectivas no son optimistas por falta de un consenso previo para alcanzar un acuerdo definitivo. "A pesar de los pronósticos sombríos tengo confianza que la esperanza vencerá al miedo y que la vida es más fuerte que la muerte", asegura el teólogo brasilero Leonardo Boff al iniciar esta entrevista exclusiva durante su reciente visita a Suiza. Boff, uno de los padres fundadores de la teología de la liberación recibió el 7 de noviembre el Doctorado Honoris Causa de la Universidad de Neuchâtel. Previamente, la misma semana, animó un debate público organizado por las ONG de cooperación solidaria E-CHANGER, y Misión de Belém Immensee en la Casa de Solidaridad Romero (RomeroHaus) en Lucerna donde participaron 200 personas.

P: Todo el mundo habla hoy de la problemática ecológica que vive el planeta. Usted fue uno de los primeros, ya en los años ochenta, en alertar sobre este tema. ¿Cuál es su análisis de la actual situación medioambiental?
Leonardo Boff: Hay muchos indicadores científicos que apuntan a la irrupción de una tragedia ecológica y humanitaria. Nada esencial ha cambiado desde la redacción de la Carta de la Tierra en 2003 que elaboramos un grupo de personalidades del mundo entero. Decíamos en ese maravilloso documento: "Estamos en un momento crítico de la Tierra en el cual la humanidad debe escoger su futuro. Y la elección es ésta: o se promueve una alianza global para cuidar a los otros y la Tierra o arriesgamos nuestra destrucción y la devastación de la diversidad de la vida"

"Se consume más de lo que la Tierra soporta"

P: Una afirmación tajante que no acepta términos medios ¿Cómo se sustenta?
Boff: En la confluencia actual de tres crisis estructurales. La crisis debido a la falta de sustentabilidad del planeta Tierra; la crisis social mundial; y la crisis del calentamiento creciente.

P: ¿Puede ejemplificar esa afirmación?
Boff: A nivel social, casi la mitad de la humanidad vive hoy por debajo del nivel de miseria. Las cifras son aterradoras. El 20% más rico consume el 82.49 % de todas la riqueza de la Tierra y el 20 % más pobre, se tiene que contentar con un minúsculo 1.6%.
En cuanto al calentamiento de la Tierra, la FAO (Organización de la ONU para la Alimentación) ha advertido que en los próximos años habrá entre 150 y 200 millones de refugiados climáticos. Las previsiones más dramáticas hablan de un aumento para 2035 de 4°C. Y se especula para final del siglo un aumento de 7°C. Si esto realmente se produce, ningún tipo de vida hoy conocido podrá sobrevivir. En cuanto a la crisis de sustentabilidad, doy un ejemplo ilustrativo: la humanidad está hoy consumiendo un 30% más de la capacidad de reposición. Es decir un 30% más de lo que la Tierra misma puede reponer.

P: Sin embargo esta tendencia consumista del planeta no es nueva...
Boff:
No. Pero lo que es nuevo son los niveles acelerados de ese deterioro. Según estudios de todo crédito, en 1961 precisábamos de la mitad de la Tierra para dar respuesta a las demandas humanas. En 1981 se daba un empate, es decir ya necesitábamos a la Tierra entera. En 1995 sobrepasamos en un 10 % la capacidad de reposición, aunque todavía era soportable. En 2008, superamos el
30 %. La Tierra está dando señales inequívocas de que ya no aguanta más.

"En algunos años se necesitarían dos Tierras"

P: ¿Con perspectivas futuras todavía más preocupantes?
Boff: Si se mantiene el crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) mundial entre 2-3% por año, como está previsto, en 2050 necesitaríamos dos planetas Tierra para dar respuesta al consumo, lo que es imposible porque contamos con sólo una.

P: ¿Eso obliga a comenzar a pensar en otro paradigma de civilización?
Boff:
En efecto. No podemos producir como lo venimos haciendo hasta ahora. El actual modelo de producción, el capitalista, parte del falso presupuesto que la tierra es como un gran baúl del cual se pueden sacar recursos indefinidamente para obtener beneficios con la mínima inversión posible en el tiempo más corto. Hoy queda claro que la Tierra es un planeta pequeño, viejo y limitado que no soporta una explotación ilimitada. Tenemos que dirigirnos hacia otra forma de producción y asumir hábitos de consumo distintos. Producir para responder a las necesidades humanas en armonía con la Tierra, respetando sus límites, con un sentido de igualdad y de solidaridad con las generaciones futuras. Eso es el nuevo paradigma de civilización.

Copenhague: la influencia del poder económico

P: Para volver al hoy y al aquí...En pocas semanas se realiza en Copenhague la Conferencia sobre el Clima. ¿Hay perspectivas de un acuerdo?
Boff: Hay una premisa clave. Debemos hacer todo lo posible para estabilizar el clima evitando que el calentamiento de la tierra sea mayor a 2 o 3 grados y que la vida pueda continuar. Comprendiendo que ya ese calentamiento implicaría una devastación de la biodiversidad y el holocausto de millones de personas, cuyos territorios no serán más habitables, especialmente en África y en el sudeste asiático. Me preocupa, en ese escenario, la irresponsabilidad de muchos Gobiernos, especialmente de los países ricos, que no quieren establecer metas consistentes para la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y salvar el clima. ¡Una verdadera ecomiopía!

P: ¿Eso proviene de una falta de voluntad política para llegar a acuerdos?
Boff: Sobre todo de un conflicto de intereses. Las grandes empresas, por ejemplo las petroleras, no quieren cambiar porque perderían sus enormes ganancias actuales. Hay que entender la interdependencia del poder político y el económico. El gran poder es el económico. El político es una derivación del económico. Los Estados, en muchos casos, no representan los intereses de los pueblos sino de los grandes actores económicos.

P: ¿En caso de un fracaso de Copenhague, cuál sería el escenario posterior en lo que hace a la ya grave situación climática?
Boff: A mi entender, si hay una frustración política, eso puede significar un reto enorme para la sociedad civil. Para que se movilice, presione y promueva los cambios que vienen siempre de abajo. Confío en eso: la razón, la prudencia, la sabiduría vendrá de la sociedad civil. Será, también, en cuanto al clima, el principal sujeto histórico. Ningún cambio real viene de arriba, sino de abajo.
Y a pesar de lo difícil del presente, tengo la confianza que no se trate de una tragedia que acabará mal sino de una crisis que purifica y que nos permita dar un salto en la dirección de un futuro mejor.

P: ¿Con un programa común para salvar la Tierra?
Boff: Impulsando una bio-civilización que deberá promover cuatro ejes esenciales. El uso sustentable, responsable y solidario de los limitados recursos y servicios de la naturaleza. El control democrático de las relaciones sociales, especialmente sobre los mercados y los capitales especulativos. Un ethos mínimo mundial que debe nacer del intercambio multicultural, enfatizando en la compasión, la cooperación y la responsabilidad universal. Y la espiritualidad, como dimensión antropológica y no como un monopolio de las religiones. Debe desarrollarse como expresión de una conciencia que se siente parte de un Todo mayor, que percibe una Energía poderosa y que representa el sentido supremo de todo.

Vida de compromiso

Leonardo Boff nació en Concordia, Estado brasilero de Santa Catarina. En diciembre del 2008 cumplió los 70 años (nació el 14 de diciembre de 1938). Para esa ocasión se publicó en Suiza el libro: "Leonardo Boff: abogado de los pobres", en homenaje a su trabajo pastoral y de acompañamiento de los movimientos populares y sociales de Latinoamérica. Y en reconocimiento a su producción literaria. Ha escrito hasta el momento 82 libros, muchos de ellos traducidos a decenas de lenguas. En los años setenta, fue uno de los "padres" fundadores de la Teología de la Liberación. Lo que le valió una primera sanción del Vaticano en 1985. Ante una nueva amenaza de sanción Boff renunció a sus actividades sacerdotales en 1992 y se autoproclamó al estado laico. Además del Doctorado Honoris Causa que recibe en noviembre de este año de la Universidad de Neuchâtel, obtuvo igual título honorífico, entre otras, de las universidades de Lund (Suecia); Londres (Gran Bretaña); Turín (Italia) y San Leopoldo (Brasil). En diciembre del 2001 recibió el Premio Nóbel Alternativo de la Paz por sus aportes a la lucha por la defensa del clima y su compromiso social.
En la actualidad continúa sus aportes teológicos, con un particular acento en la temática ecológica. Es asesor del Movimiento de los Trabajadores rurales sin Tierra (MST) y de las Comunidades Eclesiales de Base (CEBs) de Brasil.